Hace muy poco celebramos el Dia del Trabajo, muchas han sido las denuncias respecto que los derechos laborales en el Perú, efectivamente no se cumplen en todo el país; violentado la norma laboral continuamente; y nuestro Ascope no es la excepción.
Es constante la violación de los derechos laborales de los trabajadores perpetrados y denunciados hasta el hartazgo en algunos medios locales includo este BLOG por parte de la Empresa Casa Grande y Cartavio, no obstante que publican PROGRESO Y BONANZA ECONOMICA ( VEALO AQUI), los trabajadores cada vez son menos, muy pronto publicaremos respecto del despido de CARLOS GIL PAJARES y el estado de la HOSTILIZACION a la que fue sujeta el trabajador Estacio; asi como nuevos casos de hostilización.
LOS ABUSOS EN SECTOR EDUCACION.
Y es que contra todo derecho, durante TRECE AÑOS consecutivos el Señor JULIO BRUNO LEYVA PITA ha venido laborando con CONTRATOS DE LOCACION DE SERVICIOS, contrato de naturaleza civil cuya naturaleza SE DA PARA CASOS en lo que la labor es NO permanente, de naturaleza temporal.
Sin embargo fue contratado por el INSTITUTO SUPERIOR TECNOLOGICO PUBLICO "CHOCOPE", para labores de naturaleza PERMANENTE de guardianía nocturna entre otras funciones; por lo que al deformarse la naturaleza del contrato le otorga la permanencia laboral por haberse cambiado por el PRINCIPIO DE LA REALIDAD, de un contrato de naturaleza civil, en un contrato indeterminado de naturaleza estrictamente laboral.
En ese sentido el INSTITUTO despidió al Señor Leyva Pita con el simple vencimiento del Contrato.
Y es que a la salida de los decretos que establecieron el CAS CONTRATOS DE ADMINISTRACION DE SERVICIOS, muchas personas que laboran para el estado de manera directa o indirecta por más de un año, aún cuando la naturaleza del contrato sea CIVIL, adquieren por imperio de la LEY estabilidad laboral.
Lo especial del caso, es que en trece años no han cancelado VACACIONES, GRATIFICACIONES DE JULIO Y DICIEMBRE ASI COMO HORAS EXTRAS.
El caso ha sido denunciado ante el JUZGADO CIVIL DE ASCOPE el mismo que ha admitido la demanda y ha corrido traslado al INSTITUTO DE CHOCOPE quien contrataba por Locación de Servicios para un trabajo de naturaleza permanente; y a la UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA DE ASCOPE (UGEL ASCOPE) por haber permitido que un trabajador labore permanentemente durante trece años sin haber regularizado su situación.
Publicamos el presente post, a fin que todas aquellas personas que trabajan para el Estado por más de un año en Locación de Servicios aún cuando realizan labores de caracter permanente adquieren CONTRATO INDETERMINADO (estabilidad labora) por imperio de la Ley; no les corresponde CAS (Contrato de Adminsitración de Servicios) por que perjudica su derecho; les corresponde estabilidad laboral y el reconocimiento de sus irrenunciables beneficios sociales vacaciones truncas y gratificaciones de julio y diciembre.
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