El integrante de la Lista Roja FELIPE QUEZADA TORCUATRO candidatos a la La Comisión de Usuarios de Magdalena de Cao y Yalpa, con fecha 13 de octubre del 2009 a horas 4 pm han impugnado el Acto Electoral, como consecuencia de los siguientes causales:
a) La Apertura Ilegal del Anfora.
b) Violentar principios electorales básicos.
c) La Indebida calificación de las listas de candidatos y deficiente elaboración del Plan Electoral.
Y es que basan su impugnación en que, comprobando que no habiendo votado los dos tercios del número hábil de usuarios de agua, debió haberse procedido a ampliar las votaciones para lograr, como es el espíritu de los Estatutos de la Comisión de Regantes de Magdalena de Cao y Yalpa que debe valorarse en concordancia con el Reglamento Electoral del Proceso Electoral en Organizaciones de Usuarios del ámbito de la Administración Local de Agua Chicama, Periodo 2010-2012, artículos 50 y 22 respectivamente.
En ese sentido se ha vulnerado principios electorales básicos asi tenemos:
Se ha vulnerado el principio de legalidad, puesto que se debe cumplir estrictamente el Reglamento como los Estatutos de la Comisión y no las arbitrariedades de quien tiene en sus manos su ejecución.
Así mismo el principio de Imparcialidad, así como el principio de transparencia, Igualdad y Buena fe; puesto que el Presidente del Comité Electoral es hermano de la Vicepresidenta de la lista ganadora CARMEN ROSA MONCADA RAMIREZ.
Pero no sólo ello,el impugnante afirma que el Asesor Legal del Comité electoral es nada menos que Asesor Legal de Impugnaciones, nos referimos a ROBERTO ZANABRIA ATAUZUPA, lo cual evidencia pues un acto lesivo a principios básicos electorales.
Si es asi lógicamente no pasará nada.
Sin embargo el acto electoral deviene de un proceso propiamente afirmado y realizado por la Comisión y sus votantes, ¿por qué no presentaron sus acciones legales durante el desarrollo del proceso y no ante los resultados finales?, ¿que hubiese pasado si los ganadores fueran los impugnantes?, haciendo valer en su oportunidad acciones conducentes a garantizar un proceso con respeto a los principios electorales.
CONTINUARA....
No hay comentarios.:
Publicar un comentario