Es por tanto una obligación exclusiva de la Empresa que desarrolla sus actividades empresariales.
LA Seguridad Ciudadana se circunscribe al ámbito de vecino que vive dentro de una Ciudad. Todos estamos sujetos a los riesgos de vivir en una ciudad, y todos los ciudadanos tienen derecho a realizar sus actividades o derechos fundamentales dentro de una Ciudad segura, su competencia de acuerdo a la Ley de Seguridad Ciudadana corresponde una atención corporativa, si bien es presidida por el Alcalde, esta integrada por la Policía Nacional del Perú, Representantes del Poder Judicial y representantes de la Sociedad Civil Organizada, la misma que debe integrar a más miembros de acuerdo a la conveniencia de su integración.
Por tanto no es competencia exclusiva del Alcalde sino del CONSEJO DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA el cual es presidido por el Alcalde ademas de convocarlo.
EL Distrito de Casa Grande en su jurisdicción territorial, la mayor cantidad de territorio pertenece al ámbito privado destinados al monocultivo de la caña de azúcar, para cuyo acceso hay carreteras y trochas carrozables con fines industriales. El Ciudadano que sale de la ciudad para ingresar a su ámbito laboral tiene que ser protegido en el desarrollo de sus funciones, dentro de su horario laboral y en su Centro de Trabajo. Este aspecto no debe ser descuidado por la Empresa.
El trabajador y ciudadano a la vez tiene derecho a ser protegido en su centro laboral, en horario de trabajo y dentro del ejercicio de sus funciones, por arte de la Empresa para la cual trabaja; como terminado su horario laboral dirigirse a una Ciudad segura donde sus derechos fundamentales deben ser respetados y garantizados por el Consejo de Seguridad Ciudadana por el Distrito al que pertence.
En ese sentido la Empresa Casa Grande como persona jurídica, debe ser convocada a integrar como miembro necesario al Consejo Distrital de Seguridad Ciudadana para coadyuvar a la Seguridad Ciudadana en cuanto que sus trabajadores son también ciudadanos del Distrito y por que ademas el territorio del Distrito destinado al Cultivo de caña representa un gran porcentaje.
La Contratación de Elidio Espinoza por parte de la Empresa Casa Grande nos parece un acierto por que como especialista tendría que buscar el acercamiento de la Empresa como persona jurídica y administrada de la Municipalidad de Casa Grande para elaborar un plan estratégico de seguridad ciudadana que sea permanente en el tiempo, integral y que involucre a las principales instituciones de la Sociedad Civil Organizada.
Más aún si el Coronel retirado ha demostrado su profesionalismo para reunirse justamente con el Alcalde del Distrito.
Se vocea, no hay nada confirmado, que el Mayor en retiro Marcial Ortiz trabajaría para la Municipalidad Distrital de Casa grande, lo cual en caso de darse nos parece acertado, en el sentido que, los gerentes que trabajan en el Distrito, los ciudadanos que se eligen como Alcaldes y regidores si bien tienen la firme voluntad política no son especialistas. La especialización en seguridad ciudadana hasta ahora se da en el ámbito policial, como los empresarios tampoco tienen la especialización de seguridad industrial y tienen que contratar INGENIEROS EN SEGURIDAD INDUSTRIAL , la misma que solo en una universidad de lima se dicta y apenas dos en el resto del país, siendo cubierto por profesionales de otras especialidades.
Bien podría asignarsele la Gerencia de Participación Ciudadana para fortalecer sobre todo la Seguridad Ciudadana con la participación de los vecinos como asesorar especialmente al Cuerpo de Serenos al que puede impulsar especialmente y establecer estrategias con la Policía logrando recursos tanto de la Municipalidad como de la Empresa para el restablecimiento de la Ciudad.
La Municipalidad administra personas naturales y personas jurídicas, no obstante la magnitud de la Empresa Casa Grande, es una persona jurídica administrada por la Municipalidad en igualdad de condiciones según lo prescrito por la Ley. Esperamos por tanto el establecimiento de acuerdos para el fortalecimiento de la política de seguridad ciudadana por CIUDADANOS Y TRABAJADORES cuyos derechos fundamentales están protegidos tanto en su ambiente laboral donde desarrollan su actividad productiva como en la Ciudad donde residen.
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