CIUDADANOS Y ORGANIZACIONES CIVILES EXPECTANTES ANTE LOS RESULTADOS DEL PROCESO PENAL
El viernes 11 de abril, el juez de la investigación preparatoria de Ascope decidirá si admite o no la prisión preventiva de los suboficiales Dino Horacio Ponce Pardo, Luis Miguel Quispe Cáceres y Juan Isacc León Mostacero.
Y es que ante los hechos absolutamente reprochables que publicaramos días atrás en nuestro POLITBLOG fueron denunciados ante la FISCALIA PROVINCIAL DE ASCOPE y después de las investigaciones del caso y en atribución a sus FACULTADES ha pedido formalmente la detención preventiva de los policías mencionados, investigación que estuvo a cargo del Fiscal Provincial Dr. Manuel Javier López Méndez, del Segundo Despacho de la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Ascope, quien sustenta su pedido, entre otras pruebas, en mérito al examen del médico legista practicada a Luis Alberto que practicara el Instituto Médico Legal de Ascope.
Las Instituciones de la sociedad civil, organizaciónes sociales y ciudadanía en general están alertas de la decisión del Juzgado Penal, pues temen que no se de el mandato de detención habida cuenta que cuando se trata de autoridades puede deberse sus decisiones a influencias.
Saludamos el comportamiento de la Fiscalía del Segundo Despacho por su profesionalismo. Etamos a la espera de sus resultados.
Solicitan todo el peso y rigurosidad penal dado que no es posible que quienes tienen a cargo nuestra seguridad sean quienes atenten contra ella.
LEA AQUI LA DENUNCIA PLANTEADA EN FEBREROhttp://estudiojuridicovq.blogspot.com/2008/02/denuncias-policias-por-abuso-sexual-en.html
2 comentarios:
"CON LA VARAS QUE MIDES SERAS MEDIDO", reza un antiguo adagio, lo hecho por estos malos policias no tiene perdon, mas alla de las opciones sexuales, todos tenemos la obligacion de respetar a nuestros semejantes y nadie puede ser juez y aplicar un castigo cuando no esta en condiciones de hacerlo, seria justo que estos policias sean dados de baja, no solo por este flagante delito, sino en prevencion de lo que puedan hacer en el futuro, y sirva de precedente a otros policias y lo piensen mas de una vez cuando quieran cometer sus abusos, ya estamos cansados del alarmante grado de corrupcion que campea en la policia desde los mas altos cargos hasta el policia de menor rango. Esto se podria evitar si se tuviera un riguroso examen sicológico o siquíatrico a los postulantes a la policia. Ojala el juez los interne por muchos años en la carcel para que los presidiarios le den la ley del talion y sufran lo que sufrio su victima. Esperemos que el alto mando policial tome cartas en el asunto y sanciones drasticamente a estos delincuentes que deterioran mas la alicaida imagen de la PNP.
POR: SEUNDO ESPARZA SALDAÑA
email: PERIODISTASES@HOTMAIL.COM
Ante este hecho desagradable, vergonzoso y miserable, deseo proponer un ordenamiento màs especìfico del caso y despùes establecer el grado de peligrosidad y su respectiva pena.
1). Primero- El asunto en menciòn, no se trata en todo caso de una violaciòn, bièn sì de un acto criminoso, por el empleo de torturas y abuso a la integridad fìsica por oficiales en servicio.
2). Segundo- Necesita diferenciar entre funcionario y empleado (el funcionario tiene jurisdicciòn , el empleado carece de tal facultad); Y, aqui està la diferencia entre estos sujetos empleados para prestar seguridad ciudadana y no disponer màs alla, al imponer abuso de fuerza injustamente; Pues la jurisdicciòn que supuestamente sostienèn no existe; Solamente son servidores pùblicos y nada màs.
3). Tercero- El ofendido a sido detenido sìn orden judicial y por lo tanto tambièn carece de valor el intervento a mansalva y abuso de poder sobre cualquier ciudadano para denerlo sin causa y privarle de su libertad por màs del tiempo establecido y en las condiciones deshumanas, a parte de las torturas contra la integridad personal.
4). Cuarto- El axoma universal sentencia: "Nadie puede ser detenido sin causa" y menos ser tratado deshumanamente, lo que equivale en el caso presente al atropello de los derechos humanos y en consecuencia delitos de lesa humanidad, comportando a los autores a penas del màximo rigor.
5). Quinto- El hecho merece represiòn màxima, por tratarse de ofensas a la moral e integridad, lo cual causa gran conmociòn popular, repudio y posibles represalias; Por ende el degrado a la instituciòn a la cual pertenecen los sujetos agresores.
6). Sexto- En estos casos se procederà a un juicio sumario por delitos contra el honor, injuria, tentativa contra la vida y salud, por el acto brutal fìsico a un varòn por otros del mismo sexo, por abuso de autoridad siendo estos empleados del Estado, etc. Todo lo cual deviera ser revisado minusiosamente ajustandose al Còdigo Penal del Perù (Art. 170) reuniendo todas las sircunstancias agravantes del caso y condenarlos con la pena de QUINCE AÑOS, sin màs dar vueltas al asunto porque ellos actuaròn con todos los elementos de culpabilidad a sabiendas en contra de lo que la ley manda y el encargo hecho para protejer al ciudadano y el òrden.
APRECIADO AMIGO LE ALEGO ALGùNOS PARAMETROS POR LOS QUE ME APOYO, PUES LA LEY PERUANA NO ESTA A MI ALCANCE EN SU PLENITUD.
Pero en todo caso esos violadores son criminales y merecen ejemplar sanciòn; Si el juez es muy generoso deberà sujetarse a la sustancia de la ley y no conceder ni el minimo de rebajas.
"LA JUSTICIA SIN LA FUERZA ES IMPOTENTE, MAS LA FUERZA SIN LA JUSTICIA ES TIRANA"
Hasta pronto.
Saludos a mi amado paìs, Perù. con aprecio desde Italia.
oscar vasquez
(vasquezoscar14@hotmail.com
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