* MAGDALENA DE CAO CON NUEVAS AUTORIDADES.
* VACAN A ALCALDE DEL APP POR NEPOTISMO, NUEVO ALCALDE TAMBIEN ES DE LAS FILAS DEL APP.
* LAS RESOLUCIONES DEL JNE SON INAPELABLES E IRREVISABLES.
* JNE YA REMITIO CREDENCIALES AL NUEVO ALCALDE Y A NUEVA REGIDORA, DEJO SIN EFECTO LA RESOLUCION QUE LO DECLARO ALCALDE A WILFREDO VARGAS.
* MAGDALENA DE CAO CONMOVIDA POLITICAMENTE.
* ¿DIRIGENCIA NACIONAL DEL APP SEGUIRA GUARDANDO SILENCIO?
Después de 05 meses de la denuncia por nepotismo formulada por los Regidores contra el Alcalde del distrito de Magdalena de Cao Wilfredo Vargas de la Cruz de las filas del partido político Alianza Para el Progreso, el JURADO NACIONAL DE ELECCIÓNES determinó fundadas las denuncias por Nepotismo por la contratación que hizo el referido ex Alcalde a su primo hermano y cuñado del Alcalde de Magdalena de Cao, lo que ha determinado su vacancia; asi lo estipula la Resolucion N° 121-2008-JNE, que declara infundada la apelacion del alcalde al acuerdo de concejo que dispuso su vacancia.
Aqui la transcripcion de la parte resolutiva de dicha resolucion:
Jurado Nacional de Elecciones
Resolución N° 121 – 2008 – INE
Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declara INFUNDADA la apelación presentada por el señor Wilfredo Clemente Vargas de la Cruz, y en consecuencia CONFIRMAR el acuerdo de Concejo adoptado en sesión extraordinaria del 27 de marzo de 2008, que declaró infundado el recurso de reconsideración planteado contra el Acuerdo de Concejo adoptado en sesión extraordinaria del 27 de febrero de 2008, que ha declarado la vacante del cargo de alcalde del Concejo Distrital de Magdalena de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad que venia ejerciendo, dejando sin efecto la credencial que le fuera otorgada con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2008.
Artículo Segundo.- Convocar al regidor Reynaldo Javier Ascoy Morillas para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Magdalena de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2007-2010, a quien se le otorgará la respectiva credencial.
Artículo Tercero.- Convocar a la ciudad Elvia Abanto Mendoza para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Magdalena de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2007 – 2010, a quien se le otorgará la respectiva credencial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
S.S.
MENDOZA RAMÍREZ
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLO
VELARDE URDANIVIA
FALCONÍ GÁLVEZ
Secretario General(e)
Resolución N° 121 – 2008 – INE
Por tales fundamentos, el Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Declara INFUNDADA la apelación presentada por el señor Wilfredo Clemente Vargas de la Cruz, y en consecuencia CONFIRMAR el acuerdo de Concejo adoptado en sesión extraordinaria del 27 de marzo de 2008, que declaró infundado el recurso de reconsideración planteado contra el Acuerdo de Concejo adoptado en sesión extraordinaria del 27 de febrero de 2008, que ha declarado la vacante del cargo de alcalde del Concejo Distrital de Magdalena de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad que venia ejerciendo, dejando sin efecto la credencial que le fuera otorgada con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales del año 2008.
Artículo Segundo.- Convocar al regidor Reynaldo Javier Ascoy Morillas para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Magdalena de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2007-2010, a quien se le otorgará la respectiva credencial.
Artículo Tercero.- Convocar a la ciudad Elvia Abanto Mendoza para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Magdalena de Cao, provincia de Ascope, departamento de La Libertad a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2007 – 2010, a quien se le otorgará la respectiva credencial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
S.S.
MENDOZA RAMÍREZ
SOTO VALLENAS
VELA MARQUILLO
VELARDE URDANIVIA
FALCONÍ GÁLVEZ
Secretario General(e)
Es necesario afirmar que las Resoluciones que expide el Jurado Nacional de Elecciones son inapelables e irrevisables por lo que el Jurado Nacional de Elecciones en uso de sus atribuciones ha dispuesto:
* Convocar al Regidor REYNALDO JAVIER ASCOY MORILLAS, de las filas del APP para que asuma el cargo de Alcalde del Concejo Distrital de Magdalena de Cao, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2007-2010, a quien se le otorgó la respectiva credencial.
Así mismo accede la ciudadana ELVIA ABANTO MENDOZA para que asuma el cargo de Regidor del Concejo Distrital de Magadalena de Cao, a quien se le entregará la respectiva credencial .
La siempre tranquila Magdalena de Cao está a la fecha conmovida por la decisión que es inaplebale e irrevisable ante las instancias juirisdiccionales electorales, frente a esta decisión sería necesario que la Prensa solicite declaraciones a la dirigencia Nacional del APP pues políticamente significa un duro revés; teniendo en cuenta que de los 8 distritos de la provincia de Ascope, tres fueron ganados por el APP, uno de los cuales fue MAGDALENA DE CAO, en la que se dió la vacancia.
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EL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES YA REMITIO LAS CREDENCIALES AL NUEVO ALCALDE Y TAMBIEN A LA NUEVA REGIDORA.
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